Escalas Salariales. Trabajo Agrario. Actividad Citrícola. Incremento desde abril, julio y noviembre 2013. Resolución C.N.T.A. Nº 18/13.

Comisión Nacional de Trabajo Agrario

SALARIOS

Resolución 18/2013

Fíjanse remuneraciones para el personal que se desempeña en la actividad Citrícola.

Bs. As., 13/5/2013

B.O. 24/05/2013

VISTO el Expediente Nº 1.548.324/13 del registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL y,

CONSIDERANDO:

Que mediante el Acta Nº 315 de fecha 18 de marzo de 2013, la Comisión Asesora Regional (C.A.R.) Nº 9 elevó a la Comisión Nacional de Trabajo Agrario (C.N.T.A.) el tratamiento dado sobre el incremento en las remuneraciones mínimas para los trabajadores que se desempeñan en la actividad CITRICOLA, en el ámbito de la provincia de MISIONES y los Departamentos de Santo Tomé e Ituzaingó de la provincia de CORRIENTES.

Que analizados los antecedentes respectivos, las representaciones sectoriales han coincidido en cuanto a la pertinencia de los valores y del incremento en las remuneraciones para la actividad, razón por la cual debe procederse a su determinación.

Que asimismo, deciden instaurar una Cuota Aporte de Solidaridad Gremial aplicable sobre el total de las remuneraciones de los trabajadores que se desempeñan en el marco de la presente actividad, y determinar su plazo de vigencia, límites de aplicación y modo de percepción por la entidad sindical signataria.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 89 del Régimen de Trabajo Agrario, instituido por la Ley Nº 26.727.

Por ello,

COMISION NACIONAL
DE TRABAJO AGRARIO
RESUELVE:

Artículo 1º — Fíjanse las remuneraciones para el personal que se desempeña en la actividad CITRICOLA, en jurisdicción de la Comisión Asesora Regional (C.A.R.) Nº 9 para la Provincia de MISIONES y los Departamentos de Santo Tomé e Ituzaingó de la Provincia de CORRIENTES, las que tendrán vigencia a partir del 1º de abril de 2013, del 1º de julio de 2013 y del 1º de noviembre de 2013, conforme consta en los Anexos I, II y III que forman parte de la presente Resolución.

Art. 2º — Establécese que los empleadores actuarán como agentes de retención de la cuota de solidaridad que deberán descontar a todos los trabajadores comprendidos en el marco de la presente Resolución, que se establece en el DOS POR CIENTO (2%) mensual sobre el total de las remuneraciones de dicho personal. Los montos retenidos en tal concepto deberán ser depositados hasta el día 15 de cada mes en la cuenta especial de UATRE Nº 26-026/48 del Banco de la Nación Argentina. Los afiliados a la Asociación Sindical signataria de la presente quedan exentos de pago de la cuota solidaria. La retención precedentemente establecida regirá a partir de la vigencia de la presente Resolución y por el término de DIEZ (10) meses. La presente cuota aporte de solidaridad no corresponde superponerla con la establecida para los trabajadores permanentes comprendidos en la Resolución CNTA Nº 103 de fecha 1 de noviembre de 2012, que por ello no deberán efectuarse descuentos por este concepto si se ha efectuado la deducción por aquella otra.

Art. 3º — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Alvaro D. Ruiz. — Alejandro Senyk. — Mario Burgueño Hoesse. — Carla E. Seain. — Pablo Vernengo. — Guillermo Giannasi. — Jorge Herrera. — Hugo Gil.

ANEXO I

REMUNERACIONES PARA EL PERSONAL QUE SE DESEMPEÑA EN LA ACTIVIDAD CITRICOLA EN EL AMBITO DE LA COMISION ASESORA REGIONAL Nº 9 (PROV. DE MISIONES) Y LOS DEPARTAMENTOS DE SANTO TOME E ITUZAINGO DE LA PROVINCIA DE CORRIENTES.

A PARTIR DEL 1º DE ABRIL DE 2013

SIN COMIDA Y SIN S.A.C.
CATEGORIAS JORNAL SUELDO
Peón General $ 173,56.- $ 3.944,42.-
Armador Invernáculo, Preparador de Tierra, Plantador, Reubicador, Injertador, estaqueador, Podador, Cocinero $ 178,07.- $ 4.046,97.-
Cargador, estibador, Encargado de lote de Colección $ 178,07.- $ 4.046,97.-
Preselección, Fluente, Potabilizador $ 182,24.- $ 4.141,64.-
Embalador, Seleccionador, Flejador $ 185,70.- $ 4.220,52.-
Supervisor, Electricista, Encargado de Depósito $ 187,44.- $ 4.259,97.-
Ayudante de calificado-especializado $ 177,96.- $ 4.044,45.-
Especializados $ 186,43.- $ 4.236,93.-
Fumigadores a mano con mochilas, Preparador aplicador herbicidas $ 186,08.- $ 4.228,93.-
Tractoristas, máquinas agrícolas, Operador de grúas y auto elevador $ 186,08.- $ 4.228,93.-
Conductor de vehículos para el transporte de la producción, personal, equipos y maquinarias de la empresa $ 203,06.- $ 4.614,97.-
Mecánicos $ 203,28.- $ 4.619,97.-
PERSONAL JERARQUIZADO
PUESTEROS $ 191,35.- $ 4.348,71.-
CAPATACES $ 211,09.- $ 4.797,46.-
ENCARGADOS $ 222,67.- $ 5.060,76.-
POR RENDIMIENTO DE TRABAJO CON COMIDA Y SIN S.A.C.
CAJON DE 3 KG $ 1,379.-
CAJON DE 10 KG $ 1,642.-
CAJON DE 15 KG $ 1,750.-
CAJON GRANEL C/U $ 1,379.-

Cuando por cuestiones de producción los embaladores no superen la cantidad de CIEN (100) cajones en una jornada de ocho (8) horas, se les reconocerá el jornal de trabajo establecido para su categoría.

ANEXO II

REMUNERACIONES PARA EL PERSONAL QUE SE DESEMPEÑA EN LA ACTIVIDAD CITRICOLA EN EL AMBITO DE LA COMISION ASESORA REGIONAL Nº 9 (PROV. DE MISIONES) Y LOS DEPARTAMENTOS DE SANTO TOME E ITUZAINGO DE LA PROVINCIA DE CORRIENTES.

A PARTIR DEL 1º DE JULIO DE 2013

SIN COMIDA Y SIN S.A.C.
CATEGORIAS JORNAL SUELDO
Peón General $ 186,18.- $ 4.231,29.-
Armador Invernáculo, Preparador de Tierra, Plantador, Reubicador, Injertador, estaqueador, Podador, Cocinero $ 191,02.- $ 4.341,29.-
Cargador, estibador, Encargado de lote de Colección $ 191,02.- $ 4.341,29.-
Preselección, Fluente, Potabilizador $ 195,49.- $ 4.442,85.-
Embalador, Seleccionador, Flejador $ 199,21.- $ 4.527,47.-
Supervisor, Electricista, Encargado de Depósito $ 201,07.- $ 4.569,79.-
Ayudante de calificado-especializado $ 190,90.- $ 4.338,59.-
Especializados $ 199,99.- $ 4.545,07.-
Fumigadores a mano con mochilas, Preparador aplicador herbicidas $ 199,61.- $ 4.536,49.-
Tractoristas, máquinas agrícolas, Operador de grúas y auto elevador $ 199,61.- $ 4.536,49.-
Conductor de vehículos para el transporte de la producción, personal, equipos y maquinarias de la empresa $ 217,83.- $ 4.950,61.-
Mecánicos $ 218,06.- $ 4.955,96.-
PERSONAL JERARQUIZADO
PUESTEROS $ 205,26.- $ 4.664,98.-
CAPATACES $ 226,44.- $ 5.146,37.-
ENCARGADOS $ 238,87.- $ 5.428,81.-
POR RENDIEMIENTO DE TRABAJO CON COMIDA Y SIN S.A.C.
CAJON DE 3 KG. $ 1,480.-
CAJON DE 10 KG. $ 1,762.-
CAJON DE 15 KG. $ 1,877.-
CAJON GRANEL C/U $ 1,480.-

Cuando por cuestiones de producción los embaladores no superen la cantidad de CIEN (100) cajones en una jornada de ocho (8) horas, se les reconocerá el jornal trabajo establecido para su categoría.

ANEXO III

REMUNERACIONES PARA EL PERSONAL QUE SE DESEMPEÑA EN LA ACTIVIDAD CITRICOLA EN EL AMBITO DE LA COMISION ASESORA REGIONAL Nº 9 (PROV. DE MISIONES) Y LOS DEPARTAMENTOS DE SANTO TOME E ITUZAINGO DE LA PROVINCIA DE CORRIENTES.

A PARTIR DEL 1º DE NOVIEMBRE DE 2013

SIN COMIDA Y SIN S.A.C.
CATEGORIAS JORNAL SUELDO
Peón General $ 194,07.- $ 4.410,58.-
Armador Invernáculo, Preparador de Tierra, Plantador, Reubicador, Injertador, estaqueador, Podador, Cocinero $ 199,11.- $ 4.525,24.-
Cargador, estibador, Encargado de lote de Colección $ 199,11.- $ 4.525,24.-
Preselección, Fluente, Potabilizador $ 203,77.- $ 4.631,11.-
Embalador, Seleccionador, Flejador $ 207,65.- $ 4.719,31.-
Supervisor, Electricista, Encargado de Depósito $ 209,59.- $ 4.763,42.-
Ayudante de calificado-especializado $ 198,99.- $ 4.522,43.-
Especializados $ 208,46.- $ 4.737,65.-
Fumigadores a mano con mochilas, Preparador aplicador herbicidas $ 208,07.- $ 4.728,71.-
Tractoristas, máquinas agrícolas, Operador de grúas y auto elevador $ 208,07.- $ 4.728,71.-
Conductor de vehículos para el transporte de la producción, personal, equipos y maquinarias de la empresa $ 227,06.- $ 5.160,38.-
Mecánicos $ 227,30.- $ 5.165,96.-
PERSONAL JERARQUIZADO
PUESTEROS $ 213,96.- $ 4.862,65.-
CAPATACES $ 236,04.- $ 5.364,44.-
ENCARGADOS $ 248,99.- $ 5.658,85.-
POR RENDIEMIENTO DE TRABAJO CON COMIDA Y SIN S.A.C.
CAJON DE 3 KG $ 1,542.-
CAJON DE 10 KG. $ 1,836.-
CAJON DE 15 KG. $ 1,957.-
CAJON GRANEL C/U $ 1,542.-

Cuando por cuestiones de producción los embaladores no superen la cantidad de CIEN (100) cajones en una jornada de ocho (8) horas, se les reconocerá el jornal de trabajo establecido para su categoría.

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