Registro Fiscal de Tierras Rurales Explotadas (TIRE): Claves, Preguntas Frecuentes y Paso a Paso para Inscribirse

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¿Que es el TIRE?

El Registro Fiscal de Tierras Rurales Explotadas –TIRE- es un registro de propietarios y usufructuarios de tierras rurales explotadas que, a través de una aplicación web, releva las operaciones de explotación por cuenta propia o de terceros.

¿Quienes deben Inscribirse?

Las personas humanas, jurídicas y demás sujetos propietarios o terceros usufructuarios de tierras rurales explotadas situadas en el país, que desarrollen cultivo de granos y semillas -cereales y oleaginosos- y legumbres secas -porotos, arvejas y lentejas- o subcontraten dichas tierras.

¿Como Hacer la Inscripción?

Se deberá ingresar al servicio con clave fiscal Registro Fiscal de Tierras Rurales Explotadas.

Allí se solicitará la siguiente información:

Módulo empadronamiento domicilio: En este módulo los propietarios de tierras rurales darán de alta todos los domicilios de explotación, seleccionando la información que se encuentra en el sistema registral y adicionando los datos que se especifican a continuación:

– Número de identificación única del inmueble -partida inmobiliaria.

– Nomenclatura catastral.

– Ubicación en mapa del polígono correspondiente a la nomenclatura catastral informada.

– Cantidad de hectáreas.

– Fecha de ingreso al patrimonio.

– Tipo de titularidad (único propietario, sucesión indivisa, condominio, fideicomiso).

Se solicitará adjunte en formato PDF el título de propiedad y la boleta de impuesto inmobiliario.

Módulo empadronamiento actividad: El ingreso a este módulo podrá ser realizado tanto por los propietarios como por los terceros usufructuarios. Se seleccionará el domicilio de explotación registrado según el módulo anterior y se ingresarán datos específicos de la actividad a desarrollar en el predio, tales como:

– Cantidad de hectáreas explotadas por actividad.

– N° de RENSPA.

– Tipo de contrato (arrendamiento, aparcería/mediería, arrendamiento accidental/carta de oferta arrendamiento, asociativo accidental/carta de oferta aparcería, cesión gratuita u onerosa con reserva de usufructo, otro).

– CUIT de la contraparte (por ejemplo, si el ingresante es el arrendador, deberá cargar la

– CUIT del arrendatario y viceversa).

– Fecha de inicio del contrato.

– Fecha de finalización del contrato.

– Forma de retribución.

Se solicitará adjunte en formato PDF el contrato de explotación que corresponda y las modificaciones/adendas en caso de existir.

Código de registración unívoco: Una vez completada la carga por el ingresante y, a su vez aceptada por la contraparte, el sistema devolverá un código de registración unívoco que luego será solicitado por otros sistemas tales como Registro Fiscal de Operadores de Granos, Capacidad productiva, etc.

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[restab title=»Marco Normativo»]

Resolución General 4096 AFIP[/restab]

[restab title=»Preguntas Frecuentes»]

ABC AFIP[/restab]

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