¿Aplicativo o Web? ¿Que Corresponde Utilizar para Presentar las Declaraciones Juradas de Ganancias y Bienes Personales 2016?

La AFIP anunció hace unas semanas que los contribuyentes obligados a presentar las declaraciones juradas de Ganancias y Bienes Personales 2016 lo deberan hacer mediante la nueva versión del aplicativo SIAP y en algunos casos mediante la web con clave fiscal.

DDJJ Determinativas de Ganancias 

Para el caso de los contribuyentes obligados a presentar la declaración jurada del impuesto a las Ganancias la presentación corresponde a través del aplicativo bajo entorno SIAP en su versión 18 (se puede descargar desde acá).

DDJJ Determinativas de Bienes Personales

En este caso corresponde presentar de acuerdo a si el contribuyente sinceró Bienes en el marco del Régimen de Sinceramiento Fiscal de la Ley 27260 o si no lo hizo.

Contribuyentes que sinceraron: deberan presentar la declaración jurada a través del sitio web de la AFIP en el Servicio denominado «Bienes Personales Web» (estará disponible a partir del 29 de Mayo).

Contribuyentes que no sinceraron: podrán optar por presentar a través del aplicativo SIAP o bajo entorno web.

Responsables sustitutos: únicamente podrán presentar a través de la versión 18 del aplicativo SIAP.

Contribuyentes Cumplidores (Artículo 63 de la Ley 27260): también podrán optar por presentar bajo aplicativo o web. A tal fin, deberán neutralizar el impuesto determinado, consignando dicho importe en el campo destinado a tal fin en ambas aplicaciones.

DDJJ Informativas de Ganancias 

En el caso de los empleados en relación de dependencia que hayan obtenido rentas exclusivamente derivadas del empleo podrán optar por presentar mediante el aplicativo SIAP en su versión 18 o a través del  “Régimen Simplificado Ganancias Personas Físicas” «Ganancias Personas Humanas Web» en la web de la AFIP el cual se encuentra disponible desde esta semana.

DDJJ Informativas de Bienes Personales

Los empleados en relación de dependencia obligados a informar al fisco el detalle de sus Bienes al 31 de diciembre de 2016 deberan tener en cuenta lo siguiente:

Contribuyentes que sinceraron: deberan presentar a través del servicio Bienes Personales Web si o si.

Contribuyentes que no sinceraron: podrán optar por presentar a través de SIAP o a través del servicio web.

Puntos a Tener en Cuenta

a) Los contribuyentes a quienes les corresponda -u opten por- presentar la declaración jurada del impuesto sobre los bienes personales del período fiscal 2016 a través del servicio denominado “Bienes Personales Web”, deberán, en su caso, confeccionar las declaraciones juradas originarias y/o rectificativas de dicho impuesto (F. 762/A) de períodos fiscales anteriores utilizando la versión 18 del programa aplicativo unificado denominado “GANANCIAS PERSONAS FÍSICAS – BIENES PERSONALES”.

b) Aquellos contribuyentes que esten obligados a utilizar el servicio Bienes Personales Web y hayan dado cumplimiento a la obligación de presentación de la declaración jurada del período fiscal 2016 mediante la utilización de la versión 17 del aludido programa aplicativo, deberán presentar nuevamente la declaración jurada del referido período, a través del servicio “web”.

c) Los contribuyentes que utilicen el servicio denominado “Bienes Personales Web” quedarán obligados a continuar utilizándolo en los períodos fiscales siguientes.

Blog del Contador Planes de Suscripción


Si tenes alguna duda sobre el artículo que acabas de leer consultanos al mail contacto@blogdelcontador.com.ar.
También podes acceder a contenido y herramientas exclusivas suscribiéndote en https://siap.blogdelcontador.com.ar/planes/

Más del Autor

Leave a Reply

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.

También te puede interesar