Categories Impuestos

Es Oficial: Prorrogan a Septiembre el Vencimiento del Segundo Anticipo de Ganancias y Bienes Personales 2017.

Asi lo determinó la AFIP a través de la publicación en el B.O. del día de hoy de la Resolución General 4102.

También se decidió pasar a Marzo el vencimiento del último anticipo del 2017.

La mencionada resolución establece que el ingreso del segundo, tercero, cuarto y quinto anticipo correspondientes al período fiscal 2017, de los impuestos a las ganancias y sobre los bienes personales, por parte de los sujetos comprendidos en las disposiciones del inciso b) del Artículo 4° de la Resolución General N° 4.034-E y del Artículo 23 de la Resolución General N° 2.151, sus modificatorias y complementarias, deberá efectuarse -en sustitución de lo previsto por la Resolución General N° 4.093-E- en los meses de septiembre, octubre y diciembre de 2017 y en el mes marzo de 2018, respectivamente.

Blog del Contador Planes de Suscripción


Te puede interesar:   Vence el SIRADIG 2023: ¿Cómo Presentar en AFIP y Cargar Deducciones de Ganancias?

Si tenes alguna duda sobre el artículo que acabas de leer consultanos al mail contacto@blogdelcontador.com.ar.
También podes acceder a contenido y herramientas exclusivas suscribiéndote en https://siap.blogdelcontador.com.ar/planes/

Más del Autor

Leave a Reply

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.

También te puede interesar