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Ganancias: AFIP Publicó los Nuevos Valores de Deducciones Personales y Escala del Artículo 90 Para el Período Fiscal 2018.

La AFIP publicó los nuevos valores destinados a deducirlos de sus ganancias netas a partir del 1 de enero de 2018 (aún sin resolución general). Los mismos ya los habíamos adelantado en este post:

  • En concepto de ganancia no imponible, la suma de $66.917,91, siempre que las personas que sean residentes en el país.
  • En concepto de cargas de familia, siempre que las personas sean residentes en el país, estén a cargo del contribuyente y no tengan en el año ingresos netos superiores a $66.917,91, cualquiera sea su origen y estén o no sujetas al impuesto:
    • Cónyuge $62.385,20 anuales.
    • Cada hijo, hija, hijastro o hijastra menor de 18 años o incapacitado para el trabajo $31.461,09 anuales.

    Esta deducción sólo podrá efectuarla el pariente más cercano que tenga ganancias imponibles.

  • En concepto de deducción especial, hasta la suma de $66.917,91.
CONCEPTO DEDUCIBLEIMPORTE DE LA DEDUCCIÓN $
Ganancias no imponibles (Artículo 23, inciso a))66.917,91
Cargas de familia (Artículo 23, inciso b))
1. Cónyuge:62.385,20
2. Hijo:31.461,09
Deducción Especial (*)66.917,91

(*) Artículo 23 inciso c), cuando se trate de ganancias netas comprendidas en el artículo 49, siempre que trabajen personalmente en la actividad o empresa y de ganancias netas incluidas en el artículo 79.

Conocé los valores de las deducciones acumuladas mes a mes, ingresando en el micrositio de Ganancias y Bienes.

También cambiaron las escalas correspondientes al art. 90 para aplicar a la ganancia neta sujeta a impuesto.

Ganancia neta imponible acumuladaPagarán(*)Más el %s/excedente de $
Más de $A $
025800050
25800516001290925800
516007740036121251600
7740010320067081577400
1032001548001057819103200
1548002064002038223154800
2064003096003225027206400
3096004128006011431309600
412800en delante9210635412800

Por último, también se actualizaron los siguientes montos:

Deducciones acumuladas correspondientes a cada mes del Artículo 23 de la Ley del Impuesto a las Ganancias. Período Fiscal 2018.

B. Sujetos indicados en el Artículo 1° de la Ley N° 23.272 y sus modificaciones, comprendidos en la Resolución General N° 4.003

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EneroFebreroMarzoAbrilMayoJunioJulioAgostoSeptiembreOctubreNoviembreDiciembre
A) Ganancias no imponibles [Art. 23,inc a)]6.803,3213.606,6420.409,9627.213,2834.016,6040.819,9247.623,2454.426,5661.229,8868.033,2074.836,5281.639,85
1. Cónyuge6.342,5012.684,9919.027,4925.369,9831.712,4838.054,9744.397,4750.739,9657.082,4663.424,9669.767,4576.109,95
2. Hijo3.198,546.397,099.595,6312.794,1815.992,7219.191,2622.389,8125.588,3528.786,8931.985,4435.183,9838.382,53
C) Deducción especial [Art. 23, inc. c); Art. 79, inc. e)].6.803,3213.606,6420.409,9627.213,2834.016,6040.819,9247.623,2454.426,5661.229,8868.033,2074.836,5281.639,85
D) Deducción especial [Art. 23, inc. c); Art. 79, incisos a), b) y c)].32.655,9465.311,8897.967,82130.623,76163.279,69195.935,64228.591,58261.247,52293.903,46326.559,40359.215,34391.871,28

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