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Ganancias. Beneficio Decreto 2354/14. ¿Como Aplicarlo?

A través del Decreto Nº 2354/14 se estableció un incremento en la deducción especial establecida en el inciso c) del artículo 23 de la Ley del Impuesto a las Ganancias, hasta un monto equivalente al importe neto de la segunda cuota del Sueldo Anual Complementario.

ganancias y bienes personales

Dicho beneficio tendrá efectos exclusivamente para la segunda cuota del Sueldo Anual Complementario devengado en el año 2014 y para los sujetos cuya mayor remuneración bruta mensual, devengada entre los meses de julio a diciembre del año 2014, no supere la suma de PESOS TREINTA Y CINCO MIL ($ 35.000).

¿Como aplicar dicho beneficio?

Supongamos un empleado que comenzó el año con un sueldo bruto de $ 20.000.- y que desde julio se incremento a $ 30.000.- Suponiendo que no hubiese existido el Decreto 2354/14, las retenciones efectuadas durante los meses de enero a diciembre serían las que se muestran a continuación. También suponemos que los sueldos se abonan el último día de cada mes por lo que la retención se imputa al mismo mes del devengado.

ganancias1

Vemos claramente que en diciembre la retención por el impuesto a las ganancias prácticamente se duplica como consecuencia del pago de la segunda cuota del aguinaldo.

Ahora bien, si contemplamos lo dispuesto por el Decreto 2354/14 la retención de diciembre debería ser igual a la de noviembre ya que no tendría impacto el monto cobrado por sac.

Para poder lograr esto se debe:

1) Calcular el importe neto a cobrar por el empleado correspondiente a la segunda cuota del SAC. En este caso tenemos que es $ 15.000.- menos los descuentos por aportes quedando en $ 12.300.-

2) Incrementar la deducción especial acumulada del mes de diciembre en dicho importe para que el monto a retener sea igual al del período anterior.

Esto lo vemos reflejado en la siguiente imagen:

ganancias2

Ahora bien, para volcar dicho beneficio al recibo de sueldo del mes de diciembre lo debemos hacer de la siguiente manera:

Básico 30,000.00
SAC 15,000.00
45,000.00
Jubilacion 4,950.00
Obra Social 1,350.00
PAMI 1,350.00
Sindicato 450.00
Retencion Ganancias 7,218.06
Beneficio Decreto 2354/14 -3,813.00
11,505.06
Liquido a Cobrar 33,494.94

 

 

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