Ganancias Personas Humanas Web: Conocé en Detalle la Nueva Aplicación para Presentar las Declaraciones Juradas Informativas de Empleados y/o Jubilados.

En el día de hoy la AFIP habilitó el servicio con clave fiscal «Ganancias Personas Humanas Web» que permite la presentación de las declaraciones juradas informativas de empleados y/o jubilados y el cual resulta obligatorio para las presentaciones correspondientes al período fiscal 2016 y siguientes.

La nueva aplicación fue aprobada hoy mediante la Resolución General N° 4079 y sustituye al «Régimen Simplificado Personas Físicas» el que estará disponible solamente para la presentación de las declaraciones juradas correspondientes a los años 2012 a 2015.

Recordamos que de acuerdo a lo establecido en la Resolución General N° 4003, modificada por la Resolución General N° 4030, están obligados a presentar esta declaración jurada aquellas personas que hayan obtenido, durante 2016, rentas brutas exclusivamente de cuarta categoría y las mismas sean iguales o superiores a $ 500.000.-

Destacamos que dicha aplicación solo podrá utilizarse en aquellos casos que de la declaración presentada no resulte ningún saldo a pagar ni a favor, ya que de ser así, se deberá utilizar el aplicativo vigente para la liquidación y presentación de las declaraciones juradas determinativas del impuesto.

Por último, informamos que el servicio ya viene dado de alta «de oficio» en cada contribuyente por lo que no hay que adherirlo desde el administrador de relaciones.

Paso a Paso

La aplicación cuenta con cuatro solapas: Actividades, Empleadores, Liquidación y Declaración Jurada. Hay que completar cada una de ellas para culminar con la presentación de manera exitosa.

Actividades

Se deberá tildar una de las opciones que muestra la pantalla, de lo contrario no se podrá realizar la presentación mediante el aplicativo web.

 

Empleadores

El sistema trae los empleadores que correspondan al contribuyente de acuerdo a lo informado por estos mismos a través de la declaración jurada de aportes y contribuciones (formulario 931). En caso de no aparecer automáticamente, se deberá ingresar de forma manual.

Liquidación

En esta pantalla se muestran los ingresos del contribuyente de manera indicativa, es decir, AFIP toma los valores informados por el empleador a través del formulario 931 durante el año 2016. Además, hay que tener en cuenta que al liquidarse por el criterio de lo percibido, pueden resultar diferencias que se deberán corregir manualmente. Por ello puede ser que no sea el importe correcto el que trae automaticamente la web.

En el caso de las deducciones generales y personales, toma los valores informados a través del SIRADIG. En caso de no haberse presentado, se deberán cargar manualmente dichas deducciones.

Finalmente, para el caso de las retenciones efectuadas por el empleador, el sistema trae automáticamente las retenciones informadas por el mismo a través de Mis Retenciones. También aquí pueden resultar diferencias que obedezcan al criterio del percibido que rige a la liquidación de la cuarta categoría del impuesto, de ser así, se debe ingresar manualmente el importe total de retenciones.

Declaración Jurada

La última solapa muestra el detalle de lo ingresado y el total de impuesto determinado, retenciones, pagos a cuenta y saldo a pagar o a favor. En caso que de impuesto a pagar o a favor del contribuyente no se habilitará la opción para presentar la declaración jurada.

En caso que las retenciones y pagos a cuenta sean iguales al impuesto determinado, se habilitará la opción para presentar la declaración jurada y obtener el formulario 711/D.

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21 comments

javier says:

Hola, intente confeccionar la liquidación utilizando los datos que me figuran en el 649 entregado por mi empleador, pero cuando quiero ingresar el valor para deducción especial, me dice que supera el limite. En mi caso , en el 649 me figura 218.126,04 , pero el aplicativo me dice que el máximo permitido es 203.126,40.

roxana says:

no entiendo si debo poner el total de ingresos incluido el sac (me acogi al art 63 ley 27260 ´contribuyente cumplidor) o restarlo del total de ingresos, porque pongo en la celda que corresponde pero no lo resta del calculo, por lo que, me estaria generando el impuesto de nuevo…
y tampoco se donde poner la cuota sindical … gracias

Gabriela says:

Hola Roxana, a mí, cuando completé lo de los SAC (también soy contribuyente cumplidor) me lo calculó y lo puso solo en deducciones personales… pero… cuando quiero sumar ese monto a la deducción de 203.126,40 me dice que el máximo es $135.210,67. No sé qué hacer, ni siquiera me permite los 203.126,40.
Además, tengo muchos campos bloqueados que no puedo modificar y no puedo poner el pago de las cuotas sindicales.
Hice algo muy «chancho» que es poner la diferencia como retribución no gravada o exenta en el total de ingresos (entonces se lo resté al total de retribuciones percibidas) y me da perfecto. Pero es totalmente incorrecto. Por lo pronto escribí a consultas web para que quede asentado el problema que tengo para llenar el formulario correctamente (les adjunté mi f649). A ver si me contestan.
Saludos

pablo says:

Es probable que se que te hayas acogido a sujetos cumplidores, y pediste la devolucion de la retencion de aguinaldo del 2016. Ttenes que cargar los aginaldos en donde dice «Indicá si estuviste alcanzado por el beneficio del Dto 152/2015 o, de la Ley 27.260 – Título III -art.63-Contribuyentes cumplidores o, del Dto 1253/16.»

Gabriela says:

Hola Javier, Mi deducción especial es exactamente 203.126,40 si lo quiero sumar a los descuentos por los SAC el monto total supera los 135.210,67… ???? la de los SAC la calcula solo (unos $40.000) y lo pone en deducción especial. Pero si agrega LA deducción especial me da ese límite de $153.210,67.
Cómo hago?

Emanuel says:

Te hago una pregunta. En qué campo ingresaste las deducciones especiales? No encuentro ningún campo donde ingresar estas deducciones por lo que me está dando un impuesto a pagar que no me debería dar.

Muchas gracias!

Saludos.

Emanuel

matias says:

Tendrías que agregar en la parte del blanqueo el monto del SAC y la deducción especial triplicada

matias says:

alguien sabe bajo que denominación se pueden declarar las deducciones de sindicato en el nuevo aplicativo web de Ganancias?

juan carlos says:

Buen dia siendo que ya pague durante todo el año ganancias, como es que a fin de año debo volver a pagar? veo que incluso me toman la remuneracion bruta incluyendo las horas extras ????

como puede ser? lo que no pague en el año ahora lo pago todo junto?

Gracias!!!

Gabriela says:

Hola Matías: lo del agregarlo a la parte del blanqueo era una respuesta para mí? qué sería «la parte del blanqueo»?
Sindicato sería «Otras deducciones del anexo III de la RG 2437….»
Muchas gracias!

Solange says:

Alguien sabe por que en Deducciones en : Otros deducciones del Anexo III de la RG 2437 no contempladas en incisos anteriores me aparece bloqueado no me permite cargar el valor que me indico mi empleador. Muchas gracias

Gabriela says:

Hola a todos: hoy entre por enésima vez al formulario Ganancias Personas Humanas WEB y pude cargar $229.878,13 en deducciones especiales. No sé si me desbloquearon el tope a mí sola (hice una consulta web) o si es general para todos. Pueden entrar y ver cuál es la situación y hacer un reclamo web en caso de que el tope siga por debajo de lo que necesitan cargar.
Por otro lado, sigue bloqueado el ítem “Otras deducciones del anexo III de la RG 2437….” y puse las cuotas sindicales en aportes jubilatorios…

Alejandro Araujo says:

creo que nadie informò las deducciones por sindicato afip en el 742 web, por lo tanto no lo vamos a poder cargar , porque es automatico , lo agregan en obra social??

Gonzalo says:

Hola, estoy intentando cargar la declaración jurada de ganancias personas humanas web por la pagina de afip con clave fiscal, pero cuando intento completar el valor de deducción especial del formulario 649 que me dio mi empleador la web no me deja completar el valor de $ 218.126,40 , da un error indicando: «El valor no puede superar el máximo permitido de 203126,40». Por ende no puedo completar mi declaración. Saben como puedo resolver esto? Gracias

Sebastián says:

En Total Ingresos Computables, a la derecha de la leyenda «Indicá si estuviste alcanzado por el beneficio del Dto 152/2015 o, de la Ley 27.260 – Título III -art.63-Contribuyentes cumplidores o, del Dto 1253/16.» hay una flecha verde. Ahí completá el campo » Importe Bruto SAC 2° CUOTA 2016 S/Dto 1253/16″ y automáticamente te suma los 15.000 que tenés de diferencia en la deducción especial.

Saludos.-

DIEGO DENETT says:

Evento 2210 – ¿Cómo se registra la deducción por aportes sindicales al generar la declaración jurada informativa del impuesto a las ganancias mediante servicio web?
03/07/2017 12:00:00 a.m.

A diferencia del programa aplicativo, en el sistema web se podrán ingresar los aportes sindicales en el ítem Aportes Obligatorios a fondos de jubilaciones, retiros, pensiones o subsidios a Cajas Nacionales, Provinciales o Municipales, que está ubicado en la pantalla de Deducciones Generales.

Fuente: CIT AFIP

juliana says:

Hola, este dato de que se debe editar sumando la cuota sindical en el item de aportes obligatorios a fondes de jubilaciones..etc, proviene realmente de una consulta a AFIP?

Mirta says:

Imposible cargar correctamente DDJJ Ganancias web conforme información del empleador. Tengo diferencias en la deducción especial el sistema me dice q «excedió monto», tampoco puedo cargar la cuota sindical, estan bloqueados la ventana donde podría agregarla.
Como puedo hacer?
Alguién me puedo ayudar?

vanesa says:

no coinciden las retenciones de gcias de los recibos con los «precargados» en el gcias pers hum web
como se pueden corregir?

cielo says:

Buenas, tengo diferencias entre lo que se declaró por siradig (cuotas médico asistenciales 36.000) y declaró el empleador en el 649 ( 44.000), como hago para solucionar el problema si el campo no es editable??

cielo says:

Buen día, estoy tratando de cargar un terreno en Bs personales web, lo marco como lote de terreno e igual me lo amortiza. Alguien sabe cómo solucionarlo?

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