Ley CABA Nº 4661 (B.O.C.B.A. 27/09/2013). Código Fiscal de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (Texto Ordenado 2013). Modificación.

Se faculta a la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP) a denunciar ante el fuero Penal, Contravencional y de Faltas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires la presunta comisión de los delitos tipificados en la Ley Penal Tributaria, respecto de los tributos locales.

La medida se adopta mediante la incorporación de un inciso al artículo 3 del Código Fiscal de la CABA (T.O. 2013).

pdf

Blog del Contador Planes de Suscripción


Si tenes alguna duda sobre el artículo que acabas de leer consultanos al mail contacto@blogdelcontador.com.ar.
También podes acceder a contenido y herramientas exclusivas suscribiéndote en https://siap.blogdelcontador.com.ar/planes/

Más del Autor

También te puede interesar