Categories Impuestos

Quienes Implementaron Factura Electrónica no Podrán Volver a Facturar Manualmente Pese a la Prórroga de la RG 3793

factura electronica 1La Resolución General 3793 estableció que aquellos contribuyentes obligados a emitir factura electrónica de acuerdo a lo dispuesto por la Resolución General 3749 tendrán tiempo de implementar el servicio hasta el 31 de marzo de 2016.

Sin embargo, ambos organismos salieron a aclarar la situación de aquellos contribuyentes que ya optaron por emitir comprobantes electrónicos en los siguientes términos:

1. Los contribuyentes que han comenzado a emitir Facturas Electrónicas por cualquiera de las opciones habilitadas para hacerlo, NO pueden volver a emitir facturas manuales, salvo en casos de fuerza mayor (facturas de resguardo).

2. La flexibilización hasta el 31/3/2016 dispuesta por la RG 3749, se fundamenta en las dificultades observadas para la implementación -en tiempo y forma- del régimen de Facturación Electrónica.

3. Los contribuyentes que no tuvieron inconvenientes en dar de alta el nuevo “punto de venta” en el sitio web Comprobantes en Línea, y pudieron emitir al menos una Factura Electrónica antes del 10/8/2015, debe continuar emitiendo Factura Electrónica para respaldar sus operaciones (para ellos no es la flexibilización de la RG 3749).

Blog del Contador Planes de Suscripción


Si tenes alguna duda sobre el artículo que acabas de leer consultanos al mail contacto@blogdelcontador.com.ar.
También podes acceder a contenido y herramientas exclusivas suscribiéndote en https://siap.blogdelcontador.com.ar/planes/

Más del Autor

Leave a Reply

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.

También te puede interesar