Categories Legislación

Resolución 3700/18 CPCEPBA. Normas Contables Profesionales. Adopción de las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF). Modificaciones.

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[restab title=»SUMARIO» active=»active»]

Resumen: Se aprueba como norma contable profesional en jurisdicción de la provincia de Buenos Aires, en el marco de lo establecido por la Res. Técnica F.A.C.P.C.E. 26/09, la Circ. F.A.C.P.C.E. 12/18 y 13/18 de adopción de las Normas Internacionales de Información Financiera. Se aprueba  el nuevo Anexo I de la Segunda Parte de la Res. Técnica F.A.C.P.C.E. 26/09.

Estado de la Norma: Vigente

Fecha: 7/9/2018

B.O.

Vigencia y Aplicación: a partir del 7/9/2018

Organismo Emisor: Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Provincia de Buenos Aires

Cantidad de Artículos: 4

Anexos: 1[/restab]

[restab title=»RELACIONADAS»]

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Resolución Técnica N° 26/09 FACPCE

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Circular N° 12/18 FACPCE

Circular N° 13/18 FACPCE[/spoiler]

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[restab title=»FUNDAMENTOS»]

VISTO: las Cirs. F.A.C.P.C.E. 12/18 y 13/18 de adopción de las Normas Internacionales de Información Financiera emitidas por la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas; y

CONSIDERANDO:

Que este Consejo ha aprobado la Res. Técnica F.A.C.P.C.E. 26/09 – “Normas contables profesionales: adopción de las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) del Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad (IASB)” con las modificaciones introducidas por las Res. Técnicas F.A.C.P.C.E. 29/10, 38/13 y 43/16, excepto aquellos cambios que refieren a la adopción de las Normas Internacionales de Información Financiera para las PyMEs, por Res. C.P.C.E. 3.432/11, 3.504/13 y 3.602/16, respectivamente.

Que en el pto. 9 de la Res. Técnica F.A.C.P.C.E. 26/09 se indica que la adopción de nuevas NIIF o de las modificaciones a las NIIF detalladas en su anexo, que en el futuro emita el IASB, se realizará de acuerdo con la reglamentación establecida al efecto por la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas (F.A.C.P.C.E.).

Que para el fin señalado en el Considerando precedente la F.A.C.P.C.E. estableció un nuevo tipo de pronunciamiento denominado circular de adopción de las Normas Internacionales de Información Financiera.

Que, consecuentemente, las circulares de adopción de las Normas Internacionales de Información Financiera tienen por objeto incorporar dentro de las normas contables profesionales a las nuevas Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) e interpretaciones de Normas Internacionales de Información Finenciera (CINIIF) –o a modificaciones de las NIIF existentes y de sus interpretaciones– emitidas por el Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad (IASB).

Que respecto de las Cirs. F.A.C.P.C.E. 12/18 y 13/18 de adopción de las Normas Internacionales de Información Financiera no se han identificado cuestiones que indiquen la inconveniencia de su aprobación.

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[restab title=»RESUELVE»]

ARTÍCULO 1° – Aprobar, como norma contable profesional en jurisdicción de la provincia de Buenos Aires, en el marco de lo establecido por la Res. Técnica F.A.C.P.C.E. 26/09, la Circ. F.A.C.P.C.E. 12/18 de adopción de las Normas Internacionales de Información Financiera.

ARTÍCULO 2° – Aprobar, como norma contable profesional en jurisdicción de la provincia de Buenos Aires, en el marco de lo establecido por la Res. Técnica F.A.C.P.C.E. 26/09, la Circ. F.A.C.P.C.E. 13/18 de adopción de las Normas Internacionales de Información Financiera.

ARTÍCULO 3° – Aprobar el nuevo Anexo I de la Segunda Parte de la Res. Técnica F.A.C.P.C.E. 26/09, y sus modificatorias, que se adjunta formando parte de la presente, el cual reemplaza al actualmente existente.

ARTÍCULO 4° – De forma.

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Ver Anexos



 

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