Resolución 899/18 SECT#MT ✔ Homologación. Vigiladores. Empresas de Seguridad. CCT 507/07. Acuerdo del 30/7/2018. Escala Salarial Desde 7/2018, 8/2018 y 1/2019.

Sumario: Se declara homologado el Acuerdo celebrado entre la Unión Personal de Seguridad de la República Argentina, por el sector sindical, y la Cámara Argentina de Empresas de Seguridad e Investigación (CAESI), por el sector empleador; de fecha 30/7/2018; mediante el cual se establecen las nuevas condiciones económicas para los trabajadores comprendidos en el Convenio Colectivo de Trabajo N° 507/07, entre otros beneficios, con vigencia desde el 1° de julio de 2018.


Sumario

Estado de la Norma: Vigente

Fecha: 28/8/2018

B.O.

Vigencia y Aplicación: a partir del 28/8/2018

Organismo Emisor: Secretaría de Trabajo del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación

Cantidad de Artículos: 5

Anexos: 1






Homologación

Art. 1 – Declarase homologado el Acuerdo obrante a fojas 37/40 del Expediente N° 1.797.078/18, celebrado entre la Unión Personal de Seguridad de la República Argentina, por el sector sindical, y la Cámara Argentina de Empresas de Seguridad e Investigación (CAESI), por el sector empleador, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociacion Colectiva N° 14.250 (t.o.2004).

Art. 2 – Girese a la Direccion de Gestion Documental dependiente de la Direccion General de Informatica, Innovacion Tecnologica y Gestion Documental. Cumplido, pase a la Direccion Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo a fm de que proceda al registro del Acuerdo obrante a fojas 37/40 del Expediente N° 1.797.078/18.

Art. 3 – Notifiquese a las partes signatarias. Cumplido, pase a la Direccion de Relaciones y Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de efectuar el Proyecto de Base Promedio y Tope Indemnizatorio, de conformidad con lo establecido en el articulo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias. Posteriormente procedase a la guarda del presente legajo conjuntamente con el Convenio Colectivo de Trabajo N° 507/07.

Art. 4 – Hagase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectue la publicacion de caracter gratuito del Acuerdo y Anexos homologados y de esta Resolucion, las partes deberan proceder de acuerdo a lo establecido en el Articulo 5 de la Ley N° 14.250 (to.2004).

Art. 5 – De forma.


Registración

Fecha: 19/9/2018

Referencia: Expediente Nº 1.797.078/18

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION SECT N° 899/18 (RESOL-2018-899-APNSECT#MT) se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 37/40 del expediente de referencia, quedando registrado bajo el número 878/18.-






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