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Resolución General 81/18 DGR (Tucumán). Impuesto Sobre los Ingresos Brutos. Domicilio Fiscal Electrónico. Prórroga Para Su Constitución Obligatoria.

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Resumen: Se prorroga hasta el día 31 de agosto de 2018 inclusive  la obligación de constituir domicilio fiscal electrónico a los contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos de la Provincia de Tucumán, sean locales o comprendidos en el Régimen del Convenio Multilateral, cualquiera fuese la jurisdicción sede.

Estado de la Norma: Vigente

Fecha: 30/7/2018

B.O. (Tucumán)  1/8/2018

Vigencia y Aplicación: a partir del 1/8/2018

Organismo Emisor: Dirección General de Rentas de la Provincia de Tucumán

Cantidad de Artículos: 2

Anexos: No[/restab]

[restab title=»RELACIONADAS»]

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Resolución General N° 57/18 DGR (Tucumán)

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[spoiler title=’COMPLEMENTADA POR’ style=’default’ collapse_link=’true’]

Resolución General N° 89/18 DGR (Tucumán)[/spoiler]

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[restab title=»FUNDAMENTOS»]

VISTO la RG (DGR) N° 57/18, y

CONSIDERANDO:

Que por la resolución general citada en el Visto, se estableció hasta el día 31 de julio de 2018, la obligación de constituir domicilio fiscal electrónico a todos los contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos –locales y comprendidos en el Convenio Multilateral- con excepción de aquellos obligados a utilizar el sistema informático denominado «F.904 WEB» aprobado por RG (DGR) N° 78/17;

Que razones de oportunidad, mérito y conveniencia aconsejan prorrogar el referido plazo de forma tal que los contribuyentes obligados puedan dar cumplimiento en tiempo y forma con la respectiva obligación a su cargo;

Que han tomado la intervención que les compete los Departamentos Técnico Tributario, Técnico Legal, Recaudación e Informática;

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[restab title=»RESUELVE»]

ARTÍCULO 1°.- Prorrogar hasta el día 31 de agosto de 2018 inclusive, el plazo establecido en el segundo párrafo del artículo 1° de la RG (DGR) N° 57/18.-

ARTÍCULO 2°.- De forma.

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