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Resolución General 89/18 DGR (Tucumán). Impuesto Sobre los Ingresos Brutos. Domicilio Fiscal Electrónico. Prórroga Para Su Constitución Obligatoria.

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Resumen: Se prorroga hasta el día 28 de septiembre de 2018 inclusive  la obligación de constituir domicilio fiscal electrónico a los contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos de la Provincia de Tucumán, sean locales o comprendidos en el Régimen del Convenio Multilateral, cualquiera fuese la jurisdicción sede.

Estado de la Norma: Vigente

Fecha: 30/8/2018

B.O. (Tucumán)  31/8/2018

Vigencia y Aplicación: a partir del 31/8/2018

Organismo Emisor: Dirección General de Rentas de la Provincia de Tucumán

Cantidad de Artículos: 2

Anexos: No[/restab]

[restab title=»RELACIONADAS»]

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Resolución General N° 57/18 DGR (Tucumán)

Resolución General N° 81/18 DGR (Tucumán)[/spoiler]

[spoiler title=’COMPLEMENTADA POR’ style=’default’ collapse_link=’true’]

Resolución General N° 110/18 DGR (Tucumán)[/spoiler]

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[restab title=»FUNDAMENTOS»]

VISTO:

La RG (DGR) N° 57/18, y

CONSIDERANDO:

Que por la RG (DGR) N° 81/18 se prorrogó hasta el 31 de agosto de 2018 el plazo establecido por el segundo párrafo del artículo 1° de la resolución general citada en el Visto;

Que manteniéndose las razones que motivaron el dictado de la citada RG (DGR) N° 81/18, es que resulta necesario prorrogar nuevamente, hasta el 28 de septiembre de 2018 inclusive, el plazo al cual se refiere el Considerando anterior;

Que han tomado la intervención que les compete los Departamentos Técnico Tributario, Técnico Legal, Recaudación e Informática;

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[restab title=»RESUELVE»]

ARTÍCULO 1°.- Prorrogar hasta el día 28 de setiembre de 2018 inclusive, el plazo establecido en el segundo párrafo del artículo 1 de la Resolución General (DGR) 57/2018. (Por artículo 1° de la Resolución General N° 110/18 DGR se prorroga nuevamente el plazo mencionado hasta el 31 de octubre de 2018).

ARTÍCULO 2°.- De forma.

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