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Se prorroga al 2020 la entrada en vigencia del Registro Único Tributario

La Comisión Arbitral decidió aplazar la entrada en vigencia del Registro Único Tributario – Padrón Federal que empezaba a regir desde hoy.

Así lo establece la Resolución General 15/19 publicada hoy en el Boletín Oficial.

Recordamos que el pasado 20 de noviembre se había oficializado la entrada en vigencia a partir del 5 de diciembre de 2019 del Registro Único Tributario-Padrón Federal para los contribuyentes del impuesto sobre los ingresos brutos que tributan por el régimen del Convenio Multilateral, con jurisdicción sede en las siguientes provincias:

  • PROVINCIA DE BUENOS AIRES
  • PROVINCIA DE CÓRDOBA
  • PROVINCIA DEL CHACO
  • PROVINCIA DEL CHUBUT
  • PROVINCIA DE LA RIOJA
  • PROVINCIA DE MENDOZA
  • PROVINCIA DE SANTA FÉ

Así lo había dispuesto la Resolución General 9/19 de la Comisión Arbitral.

El Registro Único Tributario-Padrón Federal, será administrado por la AFIP y por las jurisdicciones adheridas al presente, para los contribuyentes del impuesto sobre los ingresos brutos de las jurisdicciones adheridas a este sistema, listadas en el Anexo I de la Resolución General 5/19.

Las jurisdicciones adheridas al Registro Único Tributario-Padrón Federal podrán incorporar dentro del mismo a los contribuyentes locales del impuesto sobre los ingresos brutos de esa jurisdicción. Al tal fin, deberán establecer mediante las correspondientes normas de carácter local, las condiciones, formas y/o términos que dispongan tal incorporación.

El Registro Único Tributario-Padrón Federal operará a través del sitio www.afip.gob.ar – Sistema Registral.

El Registro Único Tributario será el único autorizado para que los contribuyentes del impuesto sobre los ingresos brutos que tributan por el régimen del Convenio Multilateral en las jurisdicciones adheridas a este sistema, cumplan los requisitos formales de inscripción en el gravamen y de declaración de todas las modificaciones de sus datos, ceses de jurisdicciones, cese parcial y total de actividades y/o transferencia de fondo de comercio, fusión y escisión.

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En cuanto a las jurisdicciones adheridas, al momento, solo la provincia de Córdoba reglamentó la entrada en vigencia del Registro Único Tributario con vigencia desde el 5 de diciembre de 2019.

Así lo hizo mediante la Resolución Normativa 53/19 de la DGR local que establece la implementación del “Registro Único Tributario – Padrón Federal”, disponible en el ámbito del “Sistema Registral” de la Administración Federal de Ingresos Públicos, para los contribuyentes del impuesto sobre los ingresos brutos de la Provincia de Córdoba.


 

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