SIFERE Web. Guía de Uso del Nuevo Módulo de Deducciones.

La Comisión Arbitral del Convenio Multilateral (COMARB) ha publicado en su sitio web una serie de preguntas y respuestas referidas al nuevo Módulo Deducciones mediante el cual el sistema SIFERE Web ya trae informadas las percepciones y/o retenciones efectuadas al contribuyente para la declaración jurada del anticipo mensual que corresponda.


¿Qué es el “Módulo Deducciones” incorporado al sistema SIFERE WEB DDJJ?

El nuevo “Módulo Deducciones” permite acceder a los registros de los 4 ítems de deducciones existentes (Retenciones, Percepciones, Recaudaciones Bancarias y Percepciones Aduaneras), que son informadas por los diferentes Agentes de Recaudación en sus respectivas declaraciones juradas.

Además, permite agregar registros que no fueron incluidos en la búsqueda citada, tanto sea con carga manual (uno a uno) o a través de archivos (carga masiva).

Luego de estas acciones, permite incluir la totalidad de los registros conformados en el módulo, en la declaración jurada que está confeccionando el contribuyente.


¿Cómo se accede al “Módulo Deducciones”?

Se accede desde el ítem “Carga de Deducciones”, el cual está existente tanto en la apertura ““Datos a Nivel País”“, como en las respectivas jurisdicciones. Dicho ítem accede al mismo módulo desde lugares distintos. Sólo se puede acceder a dichos ítems cuando una DDJJ está en estado BORRADOR.

Este ítem reemplaza los anteriores, que permitían importar archivos de cada uno de los conceptos de deducciones:“ “Retenciones”, “Percepciones”, “Recaudaciones Bancarias” y “Percepciones Aduaneras”.:


¿Quienes acceden al “Módulo Deducciones”?

El acceso al “Módulo Deducciones” se viene incorporando en algunos contribuyentes que son seleccionados en base a características particulares, pero al corto plazo serán todos los contribuyentes determinados para su uso. Puede realizarse la incorporación para el uso del módulo si el contribuyente así lo solicita.


¿La información cargada en el “Módulo Deducciones” ya se encuentra incorporada en la DDJJ?

No. El uso del “Módulo Deducciones” y la información registrada allí es independiente a su incorporación a la declaración jurada. Luego de trabajar con la información incorporando, modificando o quitando los registros que considere necesario, debe realizar las acciones necesarias para producir la inserción de los mismos en la DDJJ que está confeccionando.


¿Qué información muestra el “Módulo Deducciones” la primera vez que ingreso al mismo?

Como el acceso al “Módulo Deducciones”“ se realiza desde dentro de una DDJJ (que está en estado borrador), lo primero que se muestra en la grilla central, son los totales de los registros obtenidos de retenciones/percepciones/recaudaciones informadas por los Agentes para el MISMO MES del anticipo que se está declarando. No trae información de meses anteriores, la cual puede ser agregada manualmente (si la jurisdicción lo permite).


¿De donde se obtiene la información que se muestra en el “Módulo Deducciones”?

La información que se muestra en el “Módulo Deducciones” proviene de las declaraciones juradas presentadas por los diferentes Agentes y que están registradas en los servidores de Comisión Arbitral al momento del ingreso.

Actualmente se posee únicamente las declaraciones juradas que presentan los agentes en los sistemas administrados por Comisión Arbitral, a saber: SIRCAR (Retenciones y Percepciones), SIRCREB (Recaudaciones Bancarias) y SIRPEI (Percepciones Aduaneras).

En etapas posteriores se irán incorporando la información del resto de los agentes.


¿Con qué frecuencia se actualiza la información en el “Módulo Deducciones”?

La información que se muestra en el “Módulo Deducciones” se actualiza diariamente en base a las declaraciones juradas presentadas por los Agentes en cada uno de los días. Es imposible determinar con exactitud cuando se presentan las mismas en cada caso, pero como referencia se pueden conocer las fechas de vencimientos de los sistemas SIRCAR (Retenciones y Percepciones) y SIRCREB (Recaudaciones Bancarias). En el caso de SIRPEI (Percepciones Aduaneras), AFIP suele enviar la información luego de los días 7 de cada mes.


¿Se puede usar el “Módulo Deducciones” en los primeros días del mes, o sea antes que exista información cargada, o siendo parcial?

SÍ. Si bien el módulo pretende brindar información que le sea útil al contribuyente y así evitar su carga manual o la importación de archivos, también puede usarse aún sin considerar total o parcialmente lo que el módulo ofrezca como consecuencia de la presentación de declaraciones juradas de los agentes.

Para ello simplemente puede empezar a agregar registros desde las opciones “Ingreso Manual” o ““Ingreso por Lotes”“, que aparecen en el sector inferior izquierdo.

Si prefiere descartar todas las deducciones que se muestran y cargar de cero, debe hacer presionar el botón «Eliminar Deducciones» , que aparece en el sector superior derecho.


Me gustaría utilizar la información generada por mí en vez de utilizar la que trae el ítem «Carga de Deducciones».

La operación en este caso es la de «Eliminar Deducciones» en primer lugar y luego realizando la importación de los archivos correspondientes (Ingreso por Lotes) ó realizando la carga manual (Ingreso Manual).


Si las deducciones que visualizo en el “Módulo Deducciones” son correctas, ¿cómo incluyo definitivamente las deducciones en la declaración jurada?

Para incluir definitivamente la información de las deducciones en la declaración jurada, debe hacer clic en el botón «Incluir Deducciones en DJ» (margen superior derecho). luego de un pedido de confirmación, la información se incorpora en la declaración jurada.


¿Cómo verifico que las deducciones que registré en el módulo se hayan incorporado correctamente a la declaración jurada en curso?

Ingresando al ítem “Datos de Deducciones” (en “Datos a Nivel País”), se visualiza un resumen de todas las deducciones que el sistema ya tiene cargadas y consideradas para incluir. Esa es la forma correcta de verificación de la tarea realizada en el módulo.


¿Puedo volver a ingresar al “Módulo Deducciones” luego de haber incorporado las deducciones a la DDJJ?

SÍ, puede operar normalmente con el módulo, pero debe considerar que cualquier acción que realice respecto a los registros allí incluidos, NO se verán reflejados en la declaración jurada hasta que vuelva a presionar el botón “Incluir Deducciones en DJ” , el cual -previa confirmación-, ELIMINARÁ todas las deducciones ya cargadas en la DDJJ, reemplazándolas por las que ahora dispone el módulo.


Luego de incluir las deducciones en la declaración jurada ¿cómo puedo incorporar una nueva deducción manual o por lotes?

Una vez incorporada la deducción faltante ó el lote adicional junto a las existentes, debe ingresar al módulo Deducciones, realizar la carga necesaria, y finalmente hacer clic en el botón «Incluir Deducciones en DJ». El sistema eliminará lo anteriormente incorporado y cargará lo nuevo en el sistema.


¿Se puede comparar la información que trae el ítem “Carga de Deducciones” con la información que tengo en mis extractos o en mis archivos?

En la parte inferior de la carga de deducciones se encuentra la opción de exportar la información de la deducción correspondiente para realizar la comparación necesaria con otros medios de origen de información, extractos, archivos, etc.


¿Cómo puedo ver el detalle de la deducción?

Desde el ítem “Carga de Deducciones” en el extremo derecho de cada jurisdicción se encuentra el detalle correspondiente a las deducciones incorporadas.


Para poder cerrar y realizar la presentación de la declaración jurada mensual de IIBB – Convenio Multilateral, ¿desde qué fecha aproximadamente se encuentran incorporadas al módulo todas las deducciones?

  • Retenciones – SIRCAR (ver jurisdicciones adheridas al sistema) – Desde el día 9 de cada mes aproximadamente
  • Percepciones – SIRCAR (ver jurisdicciones adheridas al sistema) – Desde el día 9 de cada mes aproximadamente.
  • Recaudaciones Bancarias – SIRCREB – Desde el día 5 de cada mes aproximadamente.
  • Percepciones Aduaneras – SIRPEI – Desde el día 6 de cada mes aproximadamente.

Fuente: sitio web de la COMARB

Blog del Contador Planes de Suscripción


Si tenes alguna duda sobre el artículo que acabas de leer consultanos al mail contacto@blogdelcontador.com.ar.
También podes acceder a contenido y herramientas exclusivas suscribiéndote en https://siap.blogdelcontador.com.ar/planes/

Más del Autor

Leave a Reply

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.

También te puede interesar