Empadronamiento experimental de unidades económicas ¿Cómo realizarlo y que sanciones hay por incumplimiento?

En estos últimos días el INDEC ha enviado vía mail a varias empresas la comunicación sobre la participación en el Empadronamiento Experimental de Unidades Económicas.

En el correo enviado, se informa «que su empresa ha sido seleccionada para participar en el Empadronamiento Experimental de Unidades Económicas que realizará el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC) durante septiembre y octubre de 2019. Esta etapa es parte del protocolo metodológico habitual de los relevamientos del INDEC.»

Asimismo, se comunica que «completar el formulario es obligatorio según Resolución 321/2018 (INDEC), llevará menos de 10 minutos y puede hacerlo hasta el 18 de octubre. Una vez finalizado el operativo, le enviaremos un informe que le permitirá compararse con otras empresas que realizan su misma actividad económica.»

¿Cómo se realiza el empadronamiento?

Todos los pasos del empadronamiento se realizan en la plataforma de Trámites a Distancia, cuyo proveedor de autenticación es la clave fiscal de Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) para este trámite. 

 

Para quienes no se encuentran apoderados por su empresa para efectuar todos los trámites, primero deberá realizar el apoderamiento de persona jurídica según los pasos que se indican seguidamente:

¿Por qué es importante participar?

La participación es fundamental para que la Argentina pueda contar con información estadística actualizada que permita caracterizar su estructura económica y productiva, según informa el INDEC.

Todos los datos que aporte son estrictamente confidenciales y se encuentran protegidos por el secreto estadístico, según lo dispuesto en la ley n° 17.622. La información no será publicada, sino que será utilizada sólo con fines estadísticos.

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¿Qué sabrá el INDEC con la información recolectada?

Este operativo permitirá responder, entre otras cuestiones, si la Argentina es principalmente productora de bienes o de servicios, cuántas empresas hay en el país, qué tamaño tienen, a qué se dedican, dónde están ubicadas y cuántos puestos de trabajo hay en la economía.

Para realizar consultas puede llamar a los teléfonos (011) 3985-4848, (011) 3985-4745 o (011) 4349-9465, de lunes a viernes de 9:00 a 17:00, o escribir a empadronamiento2019@indec.gob.ar.

¿Que sanciones hay si no cumplo con el empadronamiento?

Según se señaló a este Blog en consulta al organismo, la no participación en el Empadronamiento implicará la aplicación de las sanciones dispuestas por el artículo 15 de la Ley 17622.

Es decir que incurrirán en infracción y serán pasibles de multas quienes no suministren en término, falseen o produzcan con omisión maliciosa las informaciones necesarias para las estadísticas y los censos a cargo del Sistema Estadístico Nacional.

Actualmente, los importes mínimos y máximos de dichas multas, por art. 2° de la Resolución N° 201/2019 del Instituto Nacional de Estadística y Censos B.O. 6/9/2019 se prevé en la suma de $ 400,23.- y $ 39.711,57.-, respectivamente.

Asimismo, cuando se trate de entidades civiles o comerciales, con personalidad jurídica o sin ella, serán personalmente responsables de las infracciones a la presente Ley, los directores, administradores, gerentes o miembros de la razón social que hayan intervenido en los actos considerados punibles.

Para las multas se establece que existirá responsabilidad subsidiaria de las entidades sancionadas.

En caso de reincidencia dentro del período de un (1) año serán pasibles de la pena establecida por el artículo 239 del Código Penal, sin perjuicio de la nueva multa que correspondiera.

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El mencionado artículo establece que será reprimido con prisión de quince días a un año, el que resistiere o desobedeciere a un funcionario público en el ejercicio legítimo de sus funciones o a la persona que le prestare asistencia a requerimiento de aquél o en virtud de una obligación legal.


 

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